El cobre es un elemento muy común en las formulaciones de fitosanitarios para agricultura. Es un microelemento esencial para las plantas pues interviene en la fotosíntesis, formando parte de la plastocianina, proteína que participa en el transporte de electrones fotosintético, así como en reacciones redox de la respiración.
Aunque es un elemento esencial, es también un metal pesado que se acumula en el suelo y apenas biodegradable. La acumulación de cobre en el suelo tiene mayor riesgo en suelos ácidos, debido a que la acidez vuelve el cobre más soluble y por tanto más tóxico, pudiendo afectar también a la micro y macrofauna del suelo y a las micorrizas, por lo que es un factor a tener en cuenta a la hora de su uso en fertilización.
En agricultura ecológica, se permiten las siguientes formas de aplicación, de acuerdo al Reglamento de Ejecución (UE) Nº 354/2014 de la Comisión de 8 de abril de 2014:
- Caldo bordelés (Sulfato cuprocálcico: CuSO4 3Cu(OH)2 3CaSO4): Fungicida tradicional contra el mildiú y botritis, es una mezcla de sulfato de cobre y cal viva. Muy usado en el cultivo de la vid. La liberación de los iones de cobre es lenta, siendo el compuesto cúprico que presenta una mayor adherencia, y, consecuentemente, una mayor persistencia. Esto implicará también una mayor resistencia al lavado por lluvia. Tiene un efecto bactericida mucho más acentuado que otras formulaciones a base de cobre debido al mayor nivel de cobre metal que libera.
- Hidróxido de cobre (Cu(OH)2): posee un 50 % de cobre metal. Produce una rápida liberación de los iones de cobre, teniendo así una acción de choque y una buena eficacia, pero una baja persistencia.
- Oxicloruro de cobre (Cu2(OH)3Cl): Sal de cobre obtenida del tratamiento del cobre metal con ácido clorhídrico. Tiene una riqueza en cobre metal del 50%. Tiene poca adherencia y persistencia y, por lo tanto, es menos fitotóxico. El oxicloruro de cobre es un término medio entre el caldo bordelés y el hidróxido de cobre.
- Óxido de cobre (Cu20)
- Sulfato tribásico de cobre (3Cu(OH)2 CuSO4)
El Reglamento fija la dosis de uso permitida hasta 6 kg de cobre por hectárea y año. No obstante, en el caso de los cultivos perennes, los Estados miembros podrán disponer que el límite de 6 kg de cobre pueda excederse durante un año determinado, siempre que la cantidad media empleada efectivamente durante un período de cinco años que abarque este año más los cuatro años anteriores no supere los 6 kg.
Aplicación: en los frutales, los tratamientos con cobre deben aplicarse en la fase de caída de hoja y hasta los inicios de primavera, evitando el periodo vegetativo. Es importante respetar las dosis que marca el fabricante y los plazos de seguridad.
Precauciones: En condiciones de bajas temperaturas (inferior a 5° C) y elevada humedad, pueden incrementarse los fenómenos de fitotoxicidad por cobre en cultivos sensibles.
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